Diferencia entre revisiones de «Megacorrupción»

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'''Restricción de acceso a derechos:''' la falta de legislación y regulación para el pleno ejercicio de derechos, como el acceso a la información pública, como el de peticionar a las autoridades a través de instrumentos como la consulta o la iniciativa popular, o la plena garantía de acceso a la justicia, a partir de la litigación sin costo cuando se trata de amparos para restablecer derechos difusos o de interés colectivo, son estrategias que restringen las capacidades de participación ciudadana.
 
'''Restricción de acceso a derechos:''' la falta de legislación y regulación para el pleno ejercicio de derechos, como el acceso a la información pública, como el de peticionar a las autoridades a través de instrumentos como la consulta o la iniciativa popular, o la plena garantía de acceso a la justicia, a partir de la litigación sin costo cuando se trata de amparos para restablecer derechos difusos o de interés colectivo, son estrategias que restringen las capacidades de participación ciudadana.
  
'''Plena discrecionalidad:''' la gestión gubernamental expulsiva de la participación ciudadana en el control y fiscalización, permite crear condiciones de captura del estado y apropiación de bienes públicos favorables a la instalación de la Megacorrupción. Ignorar instrumentos de participación ciudadana como la audiencia pública o el presupuesto participativo generan marcos adecuados para la plena discrecionalidad de los funcionarios de turno en la administración de los recursos públicos.
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'''Plena discrecionalidad:''' la gestión gubernamental expulsiva de la participación ciudadana en el control y fiscalización, permite crear condiciones de captura del estado y apropiación de bienes públicos favorables a la instalación de la Megacorrupción. Ignorar instrumentos de participación ciudadana como la audiencia pública o el [[presupuesto participativo]] generan marcos adecuados para la plena discrecionalidad de los funcionarios de turno en la administración de los recursos públicos.
  
 
'''Participación limitada:'''
 
'''Participación limitada:'''

Revisión del 20:13 2 jun 2015

Un artículo publicado por la revista virtual Agenda Oculta de la fundación argentina La Alameda, desarrolló el concepto de Megacorrupción, definido como la condición generada por empresarios inescrupulosos, funcionarios públicos deshonestos, asociaciones ilícitas nacionales y el delito organizado internacional que les permite capturar el estado para apropiarse de sus recursos y bienes públicos, imponerse en el mercado para obtener beneficios a partir de negocios ilícitos y crear la condiciones para las posteriores acciones de blanqueo de dinero, bienes e imagen.

La Megacorrupción puede ser sintetizada en la siguiente fórmula:


MC = TD + PI – PC

Megacorrupción (MC) = Transacciones dañinas (TD) + Parainstitucionalidad (PI) – Poder Ciudadano (PC)

Es decir, se presentan condiciones de Megacorrupción cuando el contexto transaccional en una comunidad se da a través de transacciones dañinas para la consolidación de un marco ético, sumado a un estado generalizado de parainstitucionalidad que avasalla la institucionalidad que rige al estado y al mercado y finalmente, resta las condiciones del sistema republicano y democrático que aseguran un pleno ejercicio del poder ciudadano. Dada la fórmula, podemos avanzar en el análisis de cada uno de sus componentes.

Transacciones dañinas (TD)

La corrupción comprendió que su campo de intervención limitado a las instituciones públicas podía expandirse si se lograba incidir en las transacciones bilaterales o multilaterales efectuadas por personas o instituciones en cualquier ámbito. Por lo tanto, la tradicional infraestructura de la corrupción que se limitaba a corromper transacciones en el ámbito público estatal, masificó su alcance a las transacciones sociales, cívicas, culturales y económicas, a través de la creación de contextos dañinos.

Los contextos favorables a las transacciones dañinas son creados por dirigentes políticos, empresariales, sindicales, élites, tomadores de decisión, formadores de opinión que se dedican a administrar -por acción, omisión o difusión- delito, pobreza e ignorancia:

Administración de pobreza: muchos dirigentes aplican perversamente la sentencia económica de administración de escasez y la extrapolan a sus acciones, para sentenciar a la política como un sistema de administración deliberada de pobreza a través del asistencialismo (mezcla asistencia más cinismo) y del clientelismo, mecanismos que conceden desde el poder discrecional beneficios que deberían ser de acceso universal, convirtiendo en rehenes de ese poder a las personas que viven en situación de vulnerabilidad.

Administración de delito: que la policía establezca fronteras con la delincuencia, no necesariamente implica ponerle límites al delito. Cuando a esta lógica se suma un sistema político avalando zonas liberadas de institucionalidad y control para que las fuerzas de seguridad abusen de su poderío institucional, se excedan en su poder de fuego, conviertan la facultad de coerción en chantaje y represión descontrolada y generen, como brazo armado de la legalidad, un gerenciamiento de actividades ilegales e ilegítimas, se conforma un sistema parapolicial donde la política se financia desde el delito protegido por la policía, y la policía abusa de su poder desde la impunidad que brinda la política.

Administración de ignorancia: el planificado deterioro de la educación como bien público es el vaciamiento de capital social a futuro. Así como la educación es la garantía de un porvenir sustentable e inclusivo, la ignorancia es la hipoteca de las generaciones por venir y la afirmación de una democracia degradada. Las actuales generaciones de estudiantes anestesiados cívicamente responden a la necesidad de una clase dirigente que precisa de una ciudadanía dormida para subsistir. Saben que el ciudadano innovador, que busca superar el estrecho horizonte de su experiencia, la limitada frontera de su instrucción y el restringido alcance de su presente, exige estándares superiores para ser representado.

Parainstitucionalidad (PI)

Cuando las instituciones democráticas y el sistema republicano de gobierno son capturados por asociaciones ilícitas o ilegítimas, el sistema de pesos y contrapesos queda anulado y los bienes, servicios y recursos públicos que deberían destinarse al bien común, pasan a satisfacer intereses sectoriales, corporativos, grupales o individuales.

Esta situación hace que el sistema democrático ya no sirva para resguardar las reglas de juego de la vida en sociedad, generándose parainstitucionalidades que pueden ser ilegales o informales, pero siempre, total o parcialmente invisibles y muy difíciles de detectar por estar camufladas en la escenografía de la propia institucionalidad. Los tres elementos que conforman los contextos de parainstitucionalidad son corrupción estructural, crimen organizado y asociaciones ilícitas:

Corrupción estructural: El concepto fue descripto por Robert Klitgaard de manera muy precisa. El experto en sistemas de transparencia explicó que se dan condiciones de corrupción estructural en el estado cuando al monopolio del poder se le suma discrecionalidad en la administración de los recursos públicos y se le resta las herramientas de transparencia que permiten el control de la gestión pública por parte de la sociedad civil.

Crimen organizado: El crimen organizado es un fenómeno transnacional basado en la interactuación en distintos países de redes organizadas en torno a diversos tipos de delitos, con capacidad de captura de las instituciones del estado que garantizan protección. Algunas características que lo describen son la capacidad para socavar las bases de la economía formal (ejemplo: el contrabando) y el poder de connivencia entre agentes del Estado –tanto por acción como por omisión- y los actores que perpetran el delito. El delito organizado se instala principalmente en países con corrupción institucionalizada y compite con el monopolio que poseen las fuerzas de seguridad del Estado, cooptándolas y sumando a agentes del Poder Judicial y funcionarios políticos de los otros dos poderes del sistema republicano. Para Naciones Unidas, el crimen organizado son las actividades colectivas (tráfico de armas, contrabando, trata de personas, narcotráfico) de tres o más personas, unidas por vínculos jerárquicos o de relación personal, que permitan a sus dirigentes obtener beneficios o controlar territorios o mercados, nacionales o extranjeros, mediante la violencia, la intimidación o la corrupción, tanto al servicio de la actividad delictiva como con fines de infiltrarse en la economía legítima.

Asociaciones Ilícitas: Las asociaciones ilícitas son aquellos espacios dedicados al delito y la corrupción integrado por actores locales. Son los dirigentes políticos, sindicales, empresariales, sociales, los funcionarios públicos de los tres poderes y los formadores de opinión que integran o encubren asociaciones que pueden tener formatos legales, pero que se dedican a desarrollar actividades ilícitas o clandestinas para capturar la institucionalidad del estado y el mercado.

Poder Ciudadano (PC)

La Megacorrupción requiere como contrapartida de las transacciones dañinas y la parainstitucionalidad, una ciudadanía desempoderada, discapacitada cívicamente, atrofiada militantemente e idiotizada ideológicamente. El concepto de poder ciudadano debe ser eliminado de todos los estamentos de la formación cívica de los habitantes de una comunidad. Para ello existen tres caminos que articulados, anulan toda posibilidad de consolidación de democracias participativas a cambio de extremizar los sistemas de democracias representativas.

Restricción de acceso a derechos: la falta de legislación y regulación para el pleno ejercicio de derechos, como el acceso a la información pública, como el de peticionar a las autoridades a través de instrumentos como la consulta o la iniciativa popular, o la plena garantía de acceso a la justicia, a partir de la litigación sin costo cuando se trata de amparos para restablecer derechos difusos o de interés colectivo, son estrategias que restringen las capacidades de participación ciudadana.

Plena discrecionalidad: la gestión gubernamental expulsiva de la participación ciudadana en el control y fiscalización, permite crear condiciones de captura del estado y apropiación de bienes públicos favorables a la instalación de la Megacorrupción. Ignorar instrumentos de participación ciudadana como la audiencia pública o el presupuesto participativo generan marcos adecuados para la plena discrecionalidad de los funcionarios de turno en la administración de los recursos públicos.

Participación limitada: fomentar la ignorancia cívica en las escuelas no incentivando la creación de centros de estudiantes o la implementación práctica de materias como formación cívica, promover la militancia boba en los partidos políticos de masas de ciudadanos que sólo cumplen un rol de avalar las decisiones tomadas desde las cúpulas, restringir y debilitar a las organizaciones sociales y fomentar el consumo irracional de productos y servicios, muchas veces mal informando sobre las características de los productos y servicios que se ofrecen, crean las condiciones ideales para desincentivar la participación ciudadana.

En síntesis, destruyendo el marco ético de los vínculos para consolidar transacciones dañinas, reduciendo la institucionalidad para fortalecer la parainstitucionalidad y anulando el poder ciudadano de las sociedades para impedir la interpelación y el control social, la corrupción estructural se expande a la Megacorrupción y entonces, la democracia se convierte en una forma de gobierno a merced del poder del delito organizado y las asociaciones ilícitas.


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